COMUNICADOS
La primer nota reclamo fue entregada al Poder Ejecutivo de la Nación el 30 de marzo del 2020. Dicha petición se encuentra recibida y firmada por Presidencia de la Nación y abarca todo el universo y reclamo de afiliados y no afiliados y de todas las actividades que nuclea la Personería Gremial Nro. 903.
La segunda nota reclamo se entregó al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social teniendo en cuenta las acciones decretadas bajo el DNU 310/2020 Ingreso Familiar de Emergencia por todo nuestro representados por nuestra Personería Gremial 903. (Promotoras publicitarias, Modelos, Mannequins, Audiovisuales en todas sus formas, Degustadoras, afiliados y no afiliados). Para ese entonces, dicho Ministerio se encontraba con el personal licenciado, siendo entregada la nota en atención al público general, y reiteraremos la entrega el día 13 de abril según se den las condiciones del Aislamiento social, preventivo y obligatorio que dicta el DNU 297/2020. Proceso que se va a hacer para mayor seguridad y se incluirá una nueva nota de reclamo actualizada a la fecha.
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El presente comunicado, es nuevo y resume las presentaciones anteriores que se han hecho dada la gravedad de la situación en la que se encuentran los trabajadores ante la total falta de trabajo y cese de actividades en la que se encuentran los representados por nuestra Personería Gremial (Promotoras/es publicitarias, Modelos, Mannequins, Audiovisuales en todas sus formas, Degustadoras, afiliados y no afiliados). Rogamos se lea con atención este comunicado oficial y público donde aclara que los trabajadores de nuestra actividad contaban con la posibilidad de anotarse para ser postulantes al auxilio económico del decreto 210/2020; pero entendemos, tal vez, que por desconocimiento de las leyes que las y los protege no llegaron a anotarte. A este subsidio podrían haberse anotado, promotoras, mannequins, degustadoras, promotoras y demás trabajadores de nuestra actividad que se ven afectados ante la inactividad por la pandemia Covid19 y total cierre de trabajo. Es de aclarar que cuestionamos las limitaciones para anotarse al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) por ejemplo a jóvenes que vivieran con sus padres y sus padres fueran dependientes, puesto que comprendemos que existen mannequins, degustadoras publicitarias y/o promotoras que al ser jóvenes, tienen sus propios gastos y muchos sostienen sus familias o costean sus estudios. Estas peticiones lograron que se incluyan nuevas categorías del monotributo según palabras del Presidente de la Nación que se verán reflejadas en decreto próximo a salir en el Boletín Oficial.
CABA, 9 DE ABRIL DE 2020
DURANTE LA PANDEMIA COVID-19
POR LA VERDAD, LA JUSTICIA Y LA TRANSPARENCIA.
Como entidad sindical que agrupa y representa a todas las trabajadoras y trabajadores que hacen al modelado, mannequins en todas sus categorías, promotoras y promotores publicitarios, degustadores y degustadoras, debemos manifestar que estamos en permanente lucha por la defensa de los derechos de nuestros representados y representadas. Somos una entidad sindical con sesenta y tres años ininterrumpidos de historia cumpliendo acabadamente nuestro rol.
El país y todos nosotros estamos viviendo inmersos en la gravedad de la Pandemia Coronavirus -COVID 19. Ello, más allá de los padecimientos de salud y angustias personales que a cada uno nos toca sobrellevar, ha generado una grave situación en el mundo del trabajo.
No es nuevo que nuestros afiliados y afiladas son víctimas de políticas neoliberales e inhumanas que hacen, del trabajador, un sujeto en condiciones de inferioridad social que, para poder conseguir trabajo, deben someterse a condiciones de semi esclavitud.
Nuestra gente afiliados o no fueron introducidos, por un mero afán recaudador, en la figura que nos lleva al fraude Laboral. Hablamos del Monotributo. Claro que ello no ocurre solamente con nuestros representados y representadas. Pero hoy y aquí nos referimos exclusivamente a ese colectivo laboral: los representados e incluidos en el ámbito de nuestra Personería Gremial otorgada por el Ministerio de Trabajo de la Nación.
Estamos convencidos que los que representa nuestra Entidad son “Trabajadores” y más concretamente: “Trabajadores en Relación de Dependencia”.
Todo lo que se oponga a esa figura es fraude laboral.
La Relación de Dependencia se enmarca en los siguientes lineamientos, dicho sucintamente, hay una dependencia técnica ya que es el empleador que ejerce la organización y dirección, estableciendo un horario a cumplir, un lugar de tarea. Hay subordinación disciplinaria. Todo en el marco de una subordinación económica: esencialmente la onerosidad de la prestación del trabajador, que se traduce en el pago de un salario y siguiendo las instrucciones de un empleador, sin independencia en la ejecución de su tarea, que nos conduce a la subordinación jurídica.
Entonces estamos hablando que nuestros representados, entre ellos las promotoras y promotores, son trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que pueden tener contratos continuos o no. Pero no por ello se pierde la relación de dependencia y siempre lo efectúan bajo las directivas del empleador, sin tener independencia en la ejecución de su tarea.
El decreto 310/20 en su artículo 1ª crea el “INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA” como una prestación monetaria para compensar la pérdida o grave disminución de ingresos de personas afectadas por la situación de emergencia sanitaria declarada.
Evidentemente en ese universo están nuestros representados ya identificados, y, dentro de él, las promotoras y promotores.
Además, el Decreto prevé que lo percibirán aquéllos que se encuentren desocupados; se desempeñen en la economía informal; son monotributistas inscriptos en las categorías “A” y “B”. Es decir que están todos los incluidos en nuestra Personería Gremial incluidos en el marco de dicha normativa.
Vale aclarar que no existe el trabajador “eventual continuo”. El trabajador eventual es aquel en el que no puede preverse la finalización del contrato, pues es un contrato originado por una circunstancia excepcional con plazo breve de extinción que no puede preverse exactamente en su comienzo. Por eso es eventual. Tanto la figura del trabajador eventual del Art. 99 de la Ley de contrato de Trabajo así lo prevé, como el previsto en la ley Nacional de Empleo Nº 24.013, contrato celebrado a través de empresas de personal eventual. Ocurre así con lo previsto en el decreto 1694/06, cuya enumeración de personal como trabajador en relación de dependencia eventual dice expresamente: que están incluidos el personal contratado para participar en congresos, conferencias, ferias, exposiciones, programaciones, acciones en congresos, conferencias, ferias, exposiciones o programaciones entre promotores.
También nuestros trabajadores pueden celebrar contratos a plazo fijo pero siempre en los términos de la ley laboral y no como Monotributo. Cuando se sale de la ley laboral entramos en el fraude, en la ilicitud.
Entonces no hay razones para excluir a nuestros representados y representadas en el INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA. Ser eventual discontinuo no lo exime de la situación por la cual se dictó el decreto 310/20. Quizás ello agrava su situación.
Nuestras promotoras y promotores requieren de ese derecho. La mayoría son jóvenes, son el primer escalón en la carrera de modelado, están estudiando para progresar en ella. Son víctimas de ese fraude laboral del que hablábamos. Necesitan comer y estudiar, aunque vivan en hogares en que algunos de sus padres perciban un exiguo haber jubilatorio.
Al Gobierno le pedimos su inclusión en los términos del INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA. No hacerlo es una injusticia infundada y arbitraria que deja afuera de la protección social y del cúmulo de adecuadas medidas que viene dictando a un universo que lo necesita.
El 31 de marzo le hemos hecho entrega al Señor Presidente de la Nación de una carta detallando la situación de todos los incluidos en nuestra personería gremial, es decir del cúmulo de trabajadores que representamos y de la necesidad de la inclusión en el INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA.
Ese mismo día se lo quisimos entregar al Señor Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a él en persona o a quien dispusiera de la Mesa de Entradas. No tuvimos respuesta satisfactoria. Nadie nos recibió, ni como representantes sindicales, ni tomaron la petición formulada por escrito. La respuesta fue: “vengan del 13 de abril en adelante”. Pues bien, aquí estamos y estaremos de nuevo el día lunes en la sede de dicha Cartera de Estado. Pero hay que reabrir el plazo de inscripción de ese beneficio e incluirnos.
A nuestras promotoras y promotores les decimos que seguiremos luchando por sus derechos. Hoy es el INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA, de inmediato a salir de esta emergencia y aislamiento, accionaremos como vuestro Sindicato con el Ministerio de Trabajo de la Nación y el resto de las autoridades laborales federales del país, para fiscalizar y lograr la registración de todas vosotras y vosotros.
Compañeras promotoras y promotores AMA es vuestra casa. Recurran a nosotros. Ya muchos están afiliados. Cuanto más seamos, mejores serán nuestros frutos. Nuestra unión redundará en beneficios.
CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL
UNIÓN DE TRABAJADORES DE LA MODA E IMAGEN PUBLICITARIA R.A.
ASOCIACIÓN MODELOS ARGENTINOS
MODELOS - PROMOTORAS/ES PUBLICITARIOS - DEGUSTADORES
PERS. GREMIAL Nº 903
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